Ante la degradación ambiental que desde hace años afecta la calidad de vida de las personas, la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Secretaría de Economía (SE), la Secretaría Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), establecen medidas para avanzar en el cumplimiento de diversos tratados internacionales suscritos por México, a fin de prohibir el uso de plaguicidas de alta peligrosidad y reducir las presiones sobre los recursos naturales y minimizar la generación de residuos y emisiones contaminantes.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes así como el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, tienen por objeto proteger la salud humana y el medio ambiente frente a contaminantes orgánicos persistentes.
Tales convenciones recomiendan adoptar medidas para prohibir la importación de productos químicos peligrosos como Azinfós-metilo, Captafol, Clordano, DDT, Endosulfán, Lindano, Alaclor, Aldicarb, Fosfamidón, Metilparatión, Carbofurano y Triclorfón, por su alto nivel de riesgo para la salud de la población.
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